La Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida, a través del Programa “Aula Mentor”, informa de la próxima publicación de la convocatoria de ayudas dirigidas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes para el mantenimiento de Aulas Mentor durante 2026. Estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.
La convocatoria prevé una dotación total de 600.750 euros, distribuida en 150 ayudas de 4.005 euros cada una.
Podrán solicitar estas ayudas las entidades que dispongan de un Aula Mentor activa y operativa a 30 de abril de 2026 y que reúnan los requisitos de participación que se determinen en la resolución de convocatoria, entre ellos, con carácter general, disponer de convenio en vigor o en tramitación, acreditar actividad formativa efectiva, hallarse al corriente de las obligaciones exigibles y, en su caso, haber justificado correctamente ayudas anteriores.
Con carácter general, cada entidad podrá presentar una única solicitud. Como novedad, determinadas entidades de ámbito supramunicipal, como Diputaciones Provinciales, Cabildos Insulares, Consejos Insulares, Comarcas y Mancomunidades de municipios, podrán presentar hasta un máximo de tres solicitudes de ayuda, siempre que reúnan los requisitos específicos que se establezcan en la convocatoria para las solicitudes múltiples, en particular en relación con la existencia de Aulas Mentor diferenciadas, activas, operativas y territorialmente delimitadas.
Asimismo, con carácter orientativo, la futura convocatoria prevé mantener una estructura de valoración similar a la de 2025, teniendo en cuenta aspectos como la cobertura del Aula Mentor, su organización y funcionamiento, las actuaciones de igualdad y accesibilidad, las acciones de difusión e impulso territorial, el fortalecimiento del Programa Aula Mentor en el territorio y los gastos corrientes asociados, en los términos que establezca la resolución de convocatoria.
La presentación de solicitudes se realizará por vía electrónica, a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, en el plazo que se determine en la resolución de convocatoria.
Esta información tiene carácter orientativo y previo. La convocatoria solo surtirá efectos tras su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado y en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
